– La Corte reconoce la preparación como una de las actividades relacionadas con el autoconsumo lúdico de cannabis y THC
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), avaló que la preparación forme parte de las actividades relacionadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y THC, criterio que permite transformar la sustancia para consumo propio y abre la posibilidad de elaborar productos comestibles como brownies o galletas.
El alcance no representa una autorización para vender alimentos elaborados con cannabis, pues el derecho reconocido está limitado al autoconsumo y contempla actividades como adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte; tampoco significa que cualquier persona pueda producir o comercializar libremente estos productos.

¿Qué significa “preparar” cannabis?
La preparación permite que la sustancia pueda ser transformada antes de su consumo y no limita su utilización únicamente a fumarla; bajo esa interpretación, una persona autorizada puede emplearla para elaborar productos destinados exclusivamente a su propio consumo.
El criterio forma parte de una serie de resoluciones mediante las cuales la Corte ha establecido que la prohibición absoluta del consumo recreativo de cannabis afecta de manera desproporcionada el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

¿Cualquier persona puede elaborar estos productos?
La determinación no establece un permiso general para producir alimentos con cannabis, pues las autorizaciones sanitarias relacionadas con el autoconsumo corresponden a personas adultas y deben sujetarse a las condiciones establecidas por la autoridad sanitaria y los criterios de la Suprema Corte.
Entre las restricciones se encuentra no ejercer este derecho frente a menores de edad ni en espacios públicos ante terceros que no hayan otorgado su consentimiento; tampoco está permitido conducir vehículos, operar maquinaria peligrosa o realizar actividades que puedan poner en riesgo a otras personas bajo los efectos de la sustancia.
¿Se pueden vender brownies o galletas con cannabis?
El criterio sobre autoconsumo no autoriza la comercialización, suministro o distribución de productos elaborados con cannabis, por lo que preparar un alimento para consumo personal y venderlo constituyen escenarios jurídicamente distintos.
De esta forma, la resolución amplía las posibilidades mediante las cuales las personas autorizadas pueden ejercer el autoconsumo de cannabis, pero no representa una legalización del mercado de brownies, galletas u otros alimentos elaborados con THC.
