°La reforma elimina la exigencia de reincidencia y fija sanciones a funcionarios que obstruyan a las víctimas
El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad la iniciativa de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez que modifica el Código Penal y establece que el acoso sexual será sancionado desde la primera denuncia.
La propuesta recibió trato de urgente y modifica el esquema vigente, en el que la conducta debía ser reiterada para configurarse como delito.
La reforma señala que se considera responsable de acoso a quien ejecute actos de naturaleza sexual no consentidos que afecten la dignidad o resulten indeseables para la víctima.
Con este cambio se busca cerrar vacíos legales que limitaban el acceso a la justicia en los casos iniciales, según expuso la mayoría parlamentaria durante la discusión.
En la entidad, el delito contempla actualmente penas de uno a cuatro años de prisión y entre 100 y 300 días multa.
Con la modificación, las sanciones podrán incrementarse hasta en una mitad, es decir, hasta seis años de prisión y 450 días multa, cuando los hechos se cometan de forma reiterada o aprovechando condiciones de riesgo, desventaja o indefensión.
El decreto también fija responsabilidades para servidores públicos que incumplan su deber de atención. Se establece que policías y personal de procuración de justicia que se nieguen a recibir una denuncia o ejerzan actos de intimidación enfrentarán de dos a seis años de prisión, además de destitución e inhabilitación por un periodo equivalente al de la condena.
El dictamen señala que la aplicación del tipo penal deberá considerar perspectiva de género y reconocer las condiciones específicas de vulnerabilidad en que se encuentren las víctimas.
Alberto Dzib
